Esta
frase no concuerda con una realidad donde las responsabilidades son compartidas
, de hecho el empleador tiene
que brindar unas condiciones optimas de trabajo para procurar una salud integral del
trabajador, pero este a su vez tiene que poner de su parte cumpliendo con normas , obligaciones y
cuidados para no poner en peligro su salud.
Es
deber de todo empleador asistir
a este empleado en caso de cualquier accidente de trabajo o
enfermedad profesional y cubrir todos los gastos a que haya lugar. ya que es
por ley afiliar a todo trabajador al ARP , EPS , antes de iniciar cualquier
labor para la empresa la cual lo a contratado, también debemos reconocer que
muchos de los accidentes que se producen en los lugares de trabajo se pueden evitar si los trabajadores
se sometieran a la reglas y ordenes de sus jefes directos
Es sencillo de explicar esta frase: Las empresas en sus distintas
operaciones están expuestas a diferentes riesgos, en el transcurso del
desarrollo de su objeto social. Como estos riesgos son inherentes al trabajo,
estas deben asumir estas responsabilidades, y por lo tanto implementar medidas
de prevención y de mitigación del mismo. Esto se soporta legalmente en la
definición de:
QUE ES EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES?
Es el conjunto de normas, entidades y procedimientos destinados aprevenir,
proteger y atender a los trabajadores, de los efectos de las enfermedades y los
accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia del trabajo.
OBJETIVOS DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOSPROFESIONALES
1. Establecer las actividades de promoción y prevención, tendientes a
mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora,
protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que
puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo. 2.
Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las
prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las
contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional. 3. Reconocer y
pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente
parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias de accidente de
trabajo o enfermedad profesional y muerte de origen profesional. 4. Fortalecer las
actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y
las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgo
ocupacionales.
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