martes, 1 de mayo de 2012

Quien pone el riesgo asume las consecuencias


 Esta frase no concuerda con una realidad donde las responsabilidades son compartidas , de hecho el empleador tiene que brindar unas condiciones optimas de trabajo para procurar una salud integral del trabajador, pero este a su vez   tiene que poner de su parte cumpliendo con normas   , obligaciones y cuidados para no poner en peligro su salud.
Es deber de todo empleador asistir a este empleado en caso de cualquier accidente de trabajo o enfermedad profesional y cubrir todos los gastos a que haya lugar. ya que es por ley afiliar a todo trabajador al ARP , EPS , antes de iniciar cualquier labor para la empresa la cual lo a contratado, también debemos reconocer que muchos de los accidentes que se producen en los lugares de trabajo se pueden evitar si los trabajadores se sometieran a la reglas y ordenes de sus jefes directos
Es sencillo de explicar esta frase: Las empresas en sus distintas operaciones están expuestas a diferentes riesgos, en el transcurso del desarrollo de su objeto social. Como estos riesgos son inherentes al trabajo, estas deben asumir estas responsabilidades, y por lo tanto implementar medidas de prevención y de mitigación del mismo. Esto se soporta legalmente en la definición de:
QUE ES EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES?
Es el conjunto de normas, entidades y procedimientos destinados aprevenir, proteger y atender a los trabajadores, de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia del trabajo.
OBJETIVOS DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOSPROFESIONALES
1. Establecer las actividades de promoción y prevención, tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo. 2. Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional. 3. Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional y muerte de origen profesional. 4. Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgo ocupacionales.

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